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Guías visuales para el acceso.
La Escuela de Música cuenta con un estudio de grabación equipado para grabar las producciones que se van generando en la institución.
Los docentes pueden solicitar el uso del estudio para grabar con sus estudiantes cualquier producto de sus clases, proyectos musicales o cualquier otro material relacionado con la enseñanza musical.
Para esto deben realizar una cita con un mail en uso para mantenerse en contacto con el personal del estudio de granación que lo asistira durante la grabación
En esta sección encontrará información sobre las principales licencias previstas en el Decreto Provincial N.º 4118/97, junto con los requisitos, la documentación necesaria y el procedimiento para su tramitación.
Cada licencia incluye una descripción de su finalidad, quiénes pueden solicitarla, la documentación requerida, el organismo competente y los formularios correspondientes.
| Artículo | Motivo | Goce de haberes | Destinatarios |
|---|---|---|---|
| Enfermedad de corto tratamiento | ✔ | Docentes titulares e interinos | |
Artículo 22 - Licencia por enfermedad de corto tratamientoFinalidad: Permite al agente ausentarse de sus funciones cuando padece una enfermedad o afección de corta duración que le impide desempeñar normalmente sus tareas. Destinatarios: Docentes titulares e interinos. Goce de haberes: Con goce de haberes. Documentación requerida: Certificado médico y formulario correspondiente, cuando sea requerido. Presentación: Departamento de Salud Laboral. Observaciones: Los certificados deberán consignar claramente la fecha de inicio y finalización de la licencia. |
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| Enfermedad de largo tratamiento | ✔ | Docentes titulares e interinos | |
Artículo 24 - Licencia por enfermedad de largo tratamientoFinalidad: Otorgada cuando la enfermedad requiere un tratamiento prolongado que imposibilita el normal desempeño laboral. Destinatarios: Docentes titulares e interinos. Goce de haberes: Con goce de haberes. Documentación requerida: Certificados médicos y estudios complementarios, cuando corresponda. Prórroga: Nota del agente, certificados médicos actualizados y certificados autenticados por autoridad competente. Lugar de presentación: Subprograma Mesa de Entradas, Caseros 1081. |
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| Accidente de trabajo | ✔ | Titulares e interinos | |
Artículo 32 - Accidente de trabajoFinalidad: Comprende las licencias derivadas de accidentes ocurridos durante el desempeño laboral. Destinatarios: Titulares e interinos. Goce de haberes: Con goce de haberes. Documentación requerida: Certificados médicos, informes de Salud Laboral y documentación que acredite el accidente. Presentación: Departamento de Salud Laboral. |
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| Cambio permanente de funciones | ✔ | Titulares e interinos | |
Artículo 33 - Cambio permanente de funcionesFinalidad: Aplica cuando resulta necesario un cambio permanente de funciones por razones de salud. Destinatarios: Titulares e interinos. Goce de haberes: Con goce de haberes. Documentación requerida: Certificados médicos, informes de Salud Laboral y documentación que acredite la incapacidad o limitación funcional. Presentación: Departamento de Salud Laboral. |
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| Familiar enfermo | ✔ | Titulares e interinos | |
Artículo 40 - Atención de familiar enfermoFinalidad: Permite solicitar licencia para atender personalmente a un familiar enfermo cuando la situación así lo requiera. Goce de haberes: Con goce de haberes. Documentación requerida: Certificados médicos del familiar. Prórroga: Nota del agente y certificados médicos autenticados. Lugar de presentación: Subprograma Mesa de Entradas, Caseros 1081. |
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| Embarazo | ✔ | Personal gestante | |
Artículo 42 - Licencia por embarazoFinalidad: Licencia destinada a proteger la salud de la agente gestante durante el embarazo y el período posterior al nacimiento. Destinatarios: Personal gestante. Goce de haberes: Con goce de haberes. Documentación requerida: Certificado médico. Presentación: Departamento de Salud Laboral. |
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| Fallecimiento | ✔ | Todo el personal | |
Artículo 50 - Licencia por fallecimientoFinalidad: Permite al agente ausentarse por el fallecimiento de un familiar. Documentación requerida: Nota informativa y documentación respaldatoria. Lugar de presentación: Subprograma Mesa de Entradas, Caseros 1081. |
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| Estudios, investigación y becas | ✔ / ✖ | Con cinco años de antigüedad | |
Artículo 52 - Capacitación, estudios, investigación y becasFinalidad: Permite acceder a licencias destinadas a realizar estudios, investigaciones, becas o actividades de capacitación. Destinatarios: Personal con cinco años de antigüedad mínima. Goce de haberes: Puede otorgarse con goce de haberes o sin goce de haberes. Requisitos: Cinco años de antigüedad, solicitud de licencia, declaración jurada de empleos públicos, constancia de inscripción o aceptación y concepto profesional de los últimos tres años (no inferior a Muy Bueno). Con goce de haberes: Debe adjuntarse además informe favorable de la Supervisión correspondiente. Lugar de presentación: Dirección General de Educación Inicial; Dirección General de Educación Primaria; o Dirección General de Educación Secundaria, Técnica, Formación Profesional y EPJA, según el nivel educativo. Formularios: Solicitud de Licencia con Goce de Haberes y Declaración Jurada de Empleos Públicos. |
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| Rendir exámenes / Tiempo para estudiar | ✔ | Docentes que cursan estudios | |
Artículo 55 - Licencia para rendir exámenesFinalidad: Permite ausentarse para rendir exámenes finales correspondientes a estudios oficialmente reconocidos. Goce de haberes: Con goce. Duración: Hasta veinte días por año calendario, con un máximo de cinco días por examen. Documentación requerida: Certificado de examen. Presentación: Dirección del establecimiento educativo. |
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| Asuntos particulares | ✖ | Interinos | |
Artículo 58 - Licencia por asuntos particularesFinalidad: Licencia sin percepción de haberes para atender asuntos personales. Destinatarios: Agentes interinos. Goce de haberes: Sin goce. Requisitos: Tres años de antigüedad ininterrumpida, solicitud presentada con quince días hábiles de anticipación (salvo fuerza mayor) y declaración jurada. Duración: Hasta seis meses continuos o fraccionados por década. Lugar de presentación: Subprograma Mesa de Entradas, Caseros 1081. |
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| Razones de fuerza mayor o graves asuntos de familia | ✖ | Titulares e interinos | |
Artículo 63 - Licencia por razones de fuerza mayor o graves asuntos de familiaFinalidad: Permite ausentarse por circunstancias excepcionales debidamente justificadas. Destinatarios: Titulares e interinos. Goce de haberes: Sin goce. Requisitos: Un año de antigüedad, constancias que acrediten la causal invocada y solicitud de licencia. |
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| Actividades culturales o deportivas | ✔ | Titulares e interinos | |
Artículo 64 - Actividades culturales y deportivasFinalidad: Participación en actividades culturales o deportivas declaradas de interés provincial o municipal. Goce de haberes: Con goce. Requisitos: Solicitud, declaración jurada y constancias que acrediten la participación. |
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| Candidaturas a cargos electivos | ✔ | Personal con dos años de antigüedad | |
Artículo 67 - Candidaturas a cargos electivosRequisitos: Dos años de antigüedad, solicitud, declaración jurada y constancia de participación. |
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| Cargo electivo o funciones superiores de gobierno | ✖ | Titulares e interinos | |
Artículo 68 - Cargo electivo o funciones superiores de gobiernoGoce de haberes: Sin goce. Documentación: Solicitud, declaración jurada y constancia de designación. Observaciones: Al finalizar deberá acreditarse la fecha de cese. |
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| Cargo de mayor jerarquía | ✖ | Personal con cinco años en la Administración Pública | |
Artículo 69 - Cargo de mayor jerarquíaDestinatarios: Agentes con cinco años en la Administración Pública. Goce de haberes: Sin goce. Requisitos: Solicitud, declaración jurada y constancia del cargo. Reintegro: Para reanudar el cobro de haberes deberá presentarse nota dirigida al Director General de Personal, fecha de limitación, fecha de reintegro, constancia del establecimiento y datos de contacto. Planilla de reintegro: En la planilla del mes de reintegro deberá consignarse LIMITA y REINTEGRA. Prórroga: Luego de cinco años podrá solicitarse conforme al Decreto N.º 1668/08. |
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| Cargo gremial | ✖ | Representantes gremiales | |
Artículo 71 - Cargo gremialGoce de haberes: Sin goce. Requisitos: Solicitud, declaración jurada y constancia del cargo gremial. |
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| Razones particulares / Obligaciones / Horas cátedra | ✔ | Todo el personal docente | |
Artículo 74 - Razones particulares - Obligaciones - Horas cátedra¿Cuándo corresponde? Se utiliza para justificar la imposibilidad de asistir al establecimiento por razones particulares o inconvenientes imprevistos que afecten el cumplimiento de las obligaciones docentes. Habitualmente se emplea cuando el docente necesita justificar una ausencia ocasional o una demora que no encuadra en otro tipo de licencia. Destinatarios: Personal docente. Goce de haberes: Generalmente con goce, sujeto a la evaluación de la autoridad competente y a la normativa vigente. Documentación: Nota de justificación y documentación respaldatoria cuando corresponda. Procedimiento: 1) Informar la situación al equipo directivo tan pronto como sea posible. 2) Presentar la nota justificando la inasistencia. 3) Adjuntar la documentación correspondiente, si existiera. Observaciones: Siempre que sea posible, se recomienda informar previamente la situación al establecimiento. En casos imprevistos, la comunicación deberá realizarse a la mayor brevedad. |
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| Mesa de examen / Concurso | ✔ | Docentes designados o concursantes | |
Artículo 75 - Mesa de examen - Concurso¿Cuándo corresponde? Permite justificar la inasistencia cuando el docente participa oficialmente como integrante de una mesa examinadora o interviene en concursos docentes. Destinatarios: Docentes designados oficialmente. Goce de haberes: Con goce. Documentación: Designación de mesa examinadora, convocatoria al concurso y constancia de participación. Procedimiento: Presentar la documentación ante la Dirección del establecimiento. Observaciones: La documentación deberá presentarse con anterioridad o inmediatamente después de la actividad. |
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| Capacitación y perfeccionamiento | ✔ | Todo el personal | |
Artículo 80 - Capacitación y perfeccionamientoFinalidad: Permite asistir a cursos, jornadas, congresos y actividades de capacitación vinculadas con las funciones docentes. Goce de haberes: Con goce. Duración: Hasta diez días por año calendario. Requisitos: Solicitud presentada con diez días de anticipación, programa oficial de la actividad, nota justificando la importancia institucional y certificado de asistencia. Presentación: Dirección del establecimiento, con comunicación a Salud Laboral. |
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| Comisión de servicio | ✔ | Docentes afectados oficialmente | |
Artículo 81 - Comisión de servicio¿Cuándo corresponde? Se aplica cuando un docente es afectado oficialmente para desarrollar tareas fuera de su lugar habitual de trabajo por disposición de una autoridad competente. Ejemplos: Participación en actos oficiales, representación institucional, jurados, capacitaciones oficiales, actividades organizadas por el Ministerio y comisiones académicas. Destinatarios: Docentes designados mediante acto administrativo. Goce de haberes: Con goce. Documentación: Nota o disposición que ordena la comisión y resolución correspondiente, cuando exista. Procedimiento: Presentar la documentación en la Dirección de la institución antes de la comisión o inmediatamente después. Observaciones: La comisión debe estar debidamente autorizada por la autoridad competente. |
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| Salidas particulares (retiros o llegadas tarde) | Institucional | Todo el personal | |
Artículo 99 - Salidas particulares (retiros o llegadas tarde)¿Cuándo corresponde? Se utiliza para registrar retiro anticipado, ingreso fuera del horario habitual o ausencias parciales durante la jornada. Destinatarios: Todo el personal. Documentación: Nota explicando el motivo. Observaciones: No constituye una licencia prevista en el Decreto 4118/97. Su utilización depende de la reglamentación interna de cada institución educativa. |
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(*) El Artículo 99 no corresponde al Decreto Provincial N.º 4118/97. Se incluye como referencia por tratarse de una justificación administrativa utilizada habitualmente en las instituciones educativas.